lunes, 05 de noviembre de 2012
El catedrático de Argentina, Luis Facciano, aseguró
La Agrobiotecnología amplía el campo de acción del Derecho Agrario

             En el marco del II Congreso Internacional de Derecho Agrario, el Catedrático de la Universidad Nacional de Rosario, Luis Facciano de la República de Argentina, expresó que el desarrollo tecnológico que gira en torno a la agricultura ha influido en el Derecho Agrario, como es el caso de la Agrobiotecnología o Biotecnología.

             Al respecto, el ponente explicó que esta técnica aplicada a la elaboración de productos agropecuarios ha ampliado el campo de acción del Derecho Agrario, al cual calificó de multidisciplinario. Según Facciano, este hecho ha permitido introducir en la agenda moderna un sin número de actividades, anteriormente no comprendidas y que ahora con la globalización se han dado conocer.

              "El Derecho Agrario está conformado por un marco de justicia cuyas incidencias no tienen otras ramas del Derecho. El aspecto técnico y ético acompañan a la norma constantemente", afirmó el catedrático.

             En cuanto a la experiencia de Argentina acerca de la Biotecnología, Facciano manifestó que esta técnica fue lo que le permitió a su país superar la crisis económica que se presentó en el año 2001. "Dicha situación nos llevó a la declaración formal de default (incumplimiento de un contrato o medida). Ante esto  acudimos a la Biotecnología obteniendo como resultado la mejora de nuestra producción", relató el experto.

              Agregó que desde entonces han experimentado un incremento de 25 a 30% en la producción agrícola, lo que les ha permitido tener un horizonte distinto a nivel externo de la manufactura.

             Por otra parte, Luis Facciano reseñó que el tema de la Biotecnología y sus avances, y el aspecto ético se trataba en conjunto, es decir no había una diferenciación si esa Biotecnología era aplicada a la producción agropecuaria o a la salud. "Esto no permitía distinguir claramente la importancia de este mecanismo por lo que en Argentina, en el año 2006, se realizó un congreso en el que se acuñó el término de Agrobiotecnología con el fin de determinar que este concepto está aplicado a lo agrario. En ese momento propuse que se creara el concepto de Agrobioseguridad, el cual es el conjunto de normas y procedimientos destinados a garantizar el uso seguro de la Biotecnología", apuntó.

              En este sentido, el catedrático apuntó que la Agrobioseguridad está unida al principio de precaución como parte fundamental "porque es lo que le permite al Estado postergar la adopción de medidas, detener, durante un período de tiempo determinado, un sistema productivo y la aprobación de un estudio de impacto ambiental para la iniciación de una nueva actividad hasta tanto se pruebe que un producto es inocuo", aseveró Facciano.

             Asimismo, dijo que dicho principio debe diferenciarse del de prevención, el cual "consiste en que las causas y fuentes de los problemas ambientales se atiendan de forma prioritaria e integral tratando de prevenir los efectos negativos que se puedan generar sobre el ambiente", destacó el ponente.

             Para finalizar, Facciano expresó que la Biotecnología, la consolidación del nuevo principio de No Regresión, conjuntamente con la aplicación del principio de prevención y precaución son herramientas jurídicas fundamentales para consolidar la construcción de una Agrobioseguridad firme, tanto en su formulación como en su aplicación que ayude a superar los temores de la evolución de esta tecnología.

Fecha de Publicación:
  05/11/2012

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