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  Disposiciones generales:

 La Biblioteca Central (BC) del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), es una unidad de información cuya función es adquirir, organizar, preservar, administrar, procesar, transferir y difundir fuentes de información especializada en ciencias jurídicas, publicadas y/o editadas, en cualquier formato o soporte, con el propósito de asegurar su disponibilidad a todos los usuarios señalados en estas normas.

 La BC, actúa como custodio de todas las publicaciones publicadas y/o editadas por el TSJ, en consecuencia, deberá disponer de un mínimo de dos (2) ejemplares del material bibliográfico y sentencias producidas en cualquier soporte físico y/o electrónico.

 La BC prestará sus servicios a todo el personal del TSJ, jueces, abogados, investigadores, estudiantes e instituciones públicas o privadas; familiares de empleados del TSJ y en general, a todos los sectores del país que lo requieran, de conformidad con las disposiciones contenidas en la presente normas.

 
  Del servicio de lectura y consulta

 La BC, cuenta con una Sala de Lectura cuyo uso está reservado exclusivamente a la consulta de los recursos bibliográficos y electrónicos existentes en el TSJ.

 Los usuarios una vez identificados y autorizados podrán solicitar al Analista de Información, los recursos informativos que requieran consultar y recibir orientación de como localizarlo y utilizarlo. Si se trata de material bibliográfico, los usuarios podrán por sus propios medios, consultar el catálogo en línea, retirar de las estanterías la (s) publicación (es) de su interés y devolverlo a la Analista de Información una vez que lo haya consultado. El personal de la Biblioteca será el encargado de colocarlo (s) en los estantes respectivos.

 - Cada usuario es responsable del material bibliográfico que le es concedido en préstamo por la BC.

 - Las consultas en la Sala de Lectura deberán finalizar quince minutos antes de la hora establecida para el cierre de la BC.

 - Los usuarios deben guardar silencio en la Sala de Lectura y acatar las indicaciones del personal de la BC.

 - No se permite el uso de celulares, fumar, ingerir bebidas y alimentos en la Sala de Lectura ni en otras instalaciones de la BC.


 
  Del servicio de Internet:

 - Para facilitar a los usuarios la búsqueda de información especializada, la biblioteca ofrece a todos los usuarios, el uso de Internet, de acuerdo a las normas establecidas.  - El servicio de Internet, que ofrece la BC es para todos los usuarios (internos y externos).

 - El servicio será exclusivamente para la búsqueda de información requerida para apoyar un trabajo o investigación.

 - El servicio no podrá ser utilizado para: juegos, ver y/o enviar correos electrónicos, o cualquier otra actividad no relacionada con un trabajo o investigación

 - Todo usuario que haga uso distinto a lo establecido en las Normas, será suspendido del servicio por tres (3) meses. En caso de reincidir se suspenderá indefinidamente.

 - El uso de este servicio, tendrá un costo de Bs. 1,00 por cada media hora, pudiendo ser prorrogado siempre y cuando no haya otros usuarios en lista de espera. El tiempo máximo por usuario será de dos (2) horas.


 
  Del servicio de préstamo

La BC, podrá conceder en calidad de préstamo el material bibliográfico bajo las siguientes modalidades:
 
 Préstamo en la  Sala de Lectura   Préstamo  permanente   Préstamo  interbibliotecario   Préstamo  circulante 

 
Se entiende por préstamo en la sala de lectura el que facilita, a todos los usuarios señalados en estas normas, la consulta del material bibliográfico en dicha Sala.

Se entiende por préstamo permanente, el que permite por razones de trabajo, utilizar el material bibliográfico en las diferentes salas del TSJ por tiempo indeterminado.

Se entiende por préstamo interbibliotecario, el que se hace entre unidades de información afines, tanto del sector público como el privado.

El préstamo circulante es el que permite a un usuario retirar fuera de la Sala de Lectura, el material bibliográfico requerido para apoyar el trabajo, el estudio y la investigación.

Sólo tienen derecho al préstamo circulante, los funcionarios del TSJ de acuerdo a lo establecido en las presentes normas.

La BC concederá bajo la modalidad de préstamo circulante, hasta cinco (5) publicaciones.

El préstamo circulante se concederá por un período máximo de siete (7) días continuos y podrá ser prorrogado por siete (7) días continuos, siempre y cuando las publicaciones no hayan sido requeridas por otros usuarios. Al vencimiento de los plazos establecidos, el usuario podrá solicitar una nueva prórroga, en caso contrario, dichas publicaciones deberán ser reintegradas a la Biblioteca en las mismas condiciones en que fueron recibidas por el usuario.

Quedan excluidas del préstamo circulante las obras de referencia, las ediciones agotadas y especiales, las obras de reserva y cualquier otro material que a juicio del personal de la BC deben consultarse dentro de la Sala de Lectura; de igual manera, quedan excluidas del préstamo circulante las publicaciones periódicas (revistas, gacetas etc.) por lo cual se le facilitará al usuario interesado hasta cuatro (4) fotocopias de artículos requeridos.

Ningún usuario podrá traspasar a otras personas las publicaciones obtenidas en calidad de préstamo en la BC.

Todas las salas del TSJ podrán solicitar material bibliográfico como préstamo permanente, cuando dicho material sea requerido para apoyar en las actividades que desarrollan.

De la devolución del material bibliográfico:

Vencido el plazo fijado para la entrega del material bilbiográfico sin que el usuario hubiese devuelto las publicaciones, la BC le enviará un mensaje, recordándole que ha vencido el plazo de su préstamo y requiriéndole la devolución inmediata del material en su poder.

Si pasados cinco (5) días de la fecha de envío del primer recordatorio el usuario no ha devuelto el material prestado, la BC procederá a enviar un segundo recordatorio con copia a su Supervisor inmediato.

Si pasados cinco (5) días de la fecha de envío del segundo recordatorio, y el usuario no ha devuelto el material prestado, la BC procederá aplicar las sanciones señaladas en estas normas.

Todos los usuarios podrán solicitar, al momento de la devolución del material bibliográfico, sello y firma del comprobante de préstamo.

Los usuarios, con préstamos pendientes tendrán una suspensión de ocho (8) días por cada uno de retardo y por pérdida y mutilación tendrán ciento ochenta días (180) de suspensión, además de reponer la publicación mutilada o perdida.

A los efectos de la disposición anterior, la BC notificará a la Gerencia General de Administración y Servicios para que proceda a descontar por nómina, el costo del material dado en préstamo, para lo cual tomará en consideración, dos veces el valor actual del material, mas los gastos administrativos en que se incurriere.



 
  De la solvencia:

  Cuando los funcionarios del TSJ, dejen de prestar sus servicios a la institución o tengan que ausentarse de su trabajo por más de quince (15) días por permiso, vacaciones y/o transferencia, deberán solicitar su solvencia ante la BC y presentarla a la Gerencia de Recursos Humanos; cuando se trate de retiro y/o jubilación, presentaran su solvencia a la Gerencia de Finanzas para anexarla a su liquidación.



  Del servicio de fotocopias e impresión de documentos:

Este servicio se ofrece solamente para la fotocopias e impresión de documentos existentes en la colección de la biblioteca y se rige por las siguientes normas:

Cada usuario tendrá derecho a solicitar, diariamente, hasta un máximo de tres (3) fotocopias de documentos; siete (7) documentos impresos en disquete y hasta un máximo de 250 folios impresos en papel.

De acuerdo al número de páginas del documento requerido, las copias en CD, las fotocopias e impresiones serán entregadas al usuario de acuerdo a los siguientes criterios:

- Si la sumatoria del total de documentos requeridos tiene entre 20 a 25 folios las fotocopias serán entregadas en 24 horas.

- Si la sumatoria del total de documentos requeridos tiene entre 26 a 120 folios, la entrega será en 48 horas, es decir dos días.

- Si la sumatoria del total de documentos requeridos tiene más de 121 folios, la entrega será en 72 horas, es decir tres (3) días.

- La impresión de documentos en CD serán entregadas el mismo día

- La impresión de documentos en papel serán entregadas el mismo día si suman 250 folios; si suman 251 y/o más, serán entregadas al día siguiente.

Cada CD, fotocopias e impresiones tienen un costo de acuerdo a la tarifa establecida por la BC

Todo usuario deberá llenar y presentar en la Tesorería, ubicada en el 1er. Piso, el formato de "SOLICITUD DE FOTOCOPIAS" y cancelar el costo de las mismas

No se entregaran copias, fotocopias o CD sin la presentación del comprobante de pago.

 
  Disposición final

  Lo no previsto en estas normas, será resuelto por la junta directiva del TSJ.

 
  Procedimientos:

Préstamo en sala de lectura:

El usuario se dirige al módulo de atención a usuarios, se identifica y solicita al analista de información, los recursos informativos que necesita.

El analista de información le orienta como localizar la documentación e información y, le entrega el formato “préstamo en sala”

Si se trata de material bibliográfico:

El usuario consulta el catálogo en línea, anota en el formato sus datos personales, la (s) las referencias bibliográficas y cota; se dirige a las estanterías; ubica el material según la cota y lo retira para su consulta en la sala de lectura

Consultado el material bibliográfico, el usuario lo devuelve al analista de información con él o los formatos “préstamo en sala”.

El personal de la biblioteca es el encargado de colocar en las estanterías el material consultado.

Si se trata de sentencias:

El usuario, consulta la base de datos disponible en la página web del TSJ ; selecciona la documentación requerida, la revisa y de necesitar fotocopias en papel o impresión en CD, se dirige al analista de información quien le informa sobre el procedimiento a seguir, de acuerdo a las normas establecidas.

Préstamo circulante :

El usuario se dirige al módulo de atención al público se identifica y solicita al analista de información, el prestamo del material requerido. La analista de información, le da la orientación necesaria para localizar y utilizar el material bibliográfico.

Si el usuario no tiene los datos del material que necesita, consulta el catálogo en línea; anota las referencias bibliográficas y la (s) cota (s); se dirige a las estanterías; ubica el material según la (s) cota (s); retira el material requerido; se dirige al analista de información para solicitar su préstamo.

La analista de información solicita al usuario el carné y la publicación y con el Lector de Código de Barras localiza en el sistema los datos del usuario y la publicación requerida; si el usuario está registrado: verifica su status, si está solvente, hace el préstamo de acuerdo a las normas establecidas; si está moroso solicita al usuario devolución del material pendiente y no le hace el préstamo solicitado; si no está registrado, solicita al usuario sus datos, lo ingresa al sistema, le informa sobre las normas del servicio y, le hace el préstamo




 NOTA: Normas Aprobadas por la junta directiva en reunión del día 15-03-2004