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Disposiciones generales:
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La Biblioteca Central (BC) del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), es una unidad
de información cuya función es adquirir, organizar, preservar, administrar,
procesar, transferir y difundir fuentes de información especializada en ciencias
jurídicas, publicadas y/o editadas, en cualquier formato o soporte, con el
propósito de asegurar su disponibilidad a todos los usuarios señalados en estas
normas.
La BC, actúa como custodio de todas las publicaciones
publicadas y/o editadas por el TSJ, en consecuencia, deberá disponer de un
mínimo de dos (2) ejemplares del material bibliográfico y sentencias producidas
en cualquier soporte físico y/o electrónico.
La BC prestará sus servicios a todo el personal del TSJ,
jueces, abogados, investigadores, estudiantes e instituciones públicas o privadas;
familiares de empleados del TSJ y en general, a todos los sectores del país que
lo requieran, de conformidad con las disposiciones contenidas en la presente
normas.
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Del servicio de lectura y consulta
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La BC, cuenta con una Sala de Lectura cuyo uso está
reservado exclusivamente a la consulta de los recursos bibliográficos y
electrónicos existentes en el TSJ.
Los usuarios una vez identificados y autorizados podrán solicitar al
Analista de Información, los recursos informativos que requieran consultar y
recibir orientación de como localizarlo y utilizarlo. Si se trata de material
bibliográfico, los usuarios podrán por sus propios medios, consultar el catálogo
en línea, retirar de las estanterías la (s) publicación (es) de su interés y
devolverlo a la Analista de Información una vez que lo haya consultado.
El personal de la Biblioteca será el encargado de colocarlo (s) en los estantes
respectivos.
- Cada usuario es responsable del material bibliográfico que le es concedido
en préstamo por la BC.
- Las consultas en la Sala de Lectura deberán finalizar quince minutos antes
de la hora establecida para el cierre de la BC.
- Los usuarios deben guardar silencio en la Sala de Lectura y acatar las
indicaciones del personal de la BC.
- No se permite el uso de celulares, fumar, ingerir bebidas y alimentos en la
Sala de Lectura ni en otras instalaciones de la BC.
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Del servicio de Internet:
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- Para facilitar a los usuarios la búsqueda de información especializada, la biblioteca ofrece a todos los usuarios, el uso de Internet, de acuerdo a las normas establecidas.
- El servicio de Internet, que ofrece la BC es para todos los usuarios (internos y externos).
- El servicio será exclusivamente para la búsqueda de información requerida para apoyar un trabajo o investigación.
- El servicio no podrá ser utilizado para: juegos, ver y/o enviar correos electrónicos, o cualquier otra actividad no relacionada con un trabajo o investigación
- Todo usuario que haga uso distinto a lo establecido en las Normas, será suspendido del servicio por tres (3) meses. En caso de reincidir se suspenderá indefinidamente.
- El uso de este servicio, tendrá un costo de Bs. 1,00 por cada media hora, pudiendo ser prorrogado siempre y cuando no haya otros usuarios en lista de espera. El tiempo máximo por usuario será de dos (2) horas.
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Del servicio de préstamo
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La BC, podrá conceder en calidad de préstamo el material
bibliográfico bajo las siguientes modalidades:
Se entiende por préstamo en la sala de lectura el que facilita,
a todos los usuarios señalados en estas normas, la consulta del
material bibliográfico en dicha Sala.
Se entiende por préstamo permanente, el que permite por razones de trabajo,
utilizar el material bibliográfico en las diferentes salas del TSJ por tiempo
indeterminado.
Se entiende por préstamo interbibliotecario, el que se hace entre
unidades de información afines, tanto del sector público como el privado.
El préstamo circulante es el que permite a un usuario retirar fuera de la Sala de Lectura, el material bibliográfico requerido para apoyar el trabajo, el estudio y la investigación.
Sólo tienen derecho al préstamo circulante, los funcionarios del TSJ de acuerdo a lo establecido en las presentes normas.
La BC concederá bajo la modalidad de préstamo
circulante, hasta cinco (5) publicaciones.
El préstamo circulante se concederá por un período máximo de siete (7)
días continuos y podrá ser prorrogado por siete (7) días continuos, siempre
y cuando las publicaciones no hayan sido requeridas por otros usuarios. Al
vencimiento de los plazos establecidos, el usuario podrá solicitar una nueva
prórroga, en caso contrario, dichas publicaciones deberán ser reintegradas a
la Biblioteca en las mismas condiciones en que fueron recibidas por el usuario.
Quedan excluidas del préstamo circulante las obras de referencia, las ediciones
agotadas y especiales, las obras de reserva y cualquier otro material que a
juicio del personal de la BC deben consultarse dentro de la
Sala de Lectura; de igual manera, quedan excluidas del préstamo circulante
las publicaciones periódicas (revistas, gacetas etc.) por lo cual se le
facilitará al usuario interesado hasta cuatro (4) fotocopias de artículos requeridos.
Ningún usuario podrá traspasar a otras personas las publicaciones obtenidas
en calidad de préstamo en la BC.
Todas las salas del TSJ podrán solicitar material bibliográfico como préstamo
permanente, cuando dicho material sea requerido para apoyar en las
actividades que desarrollan.
De la devolución del material bibliográfico:
Vencido el plazo fijado para la entrega del material bilbiográfico sin que el usuario hubiese devuelto
las publicaciones, la BC le enviará un mensaje, recordándole
que ha vencido el plazo de su préstamo y requiriéndole la devolución inmediata
del material en su poder.
Si pasados cinco (5) días de la fecha de envío del primer recordatorio el usuario
no ha devuelto el material prestado, la BC procederá a enviar un segundo
recordatorio con copia a su Supervisor inmediato.
Si pasados cinco (5) días de la fecha de envío del segundo recordatorio, y
el usuario no ha devuelto el material prestado, la BC procederá
aplicar las sanciones señaladas en estas normas.
Todos los usuarios podrán solicitar, al momento de la devolución del material
bibliográfico, sello y firma del comprobante de préstamo.
Los usuarios, con préstamos pendientes tendrán una suspensión de ocho (8) días por
cada uno de retardo y por pérdida y mutilación tendrán ciento ochenta días (180) de
suspensión, además de reponer la publicación mutilada o perdida.
A los efectos de la disposición anterior, la BC notificará
a la Gerencia General de Administración y Servicios para que proceda a
descontar por nómina, el costo del material dado en préstamo, para lo
cual tomará en consideración, dos veces el valor actual del material, mas
los gastos administrativos en que se incurriere.
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De la solvencia:
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Cuando los funcionarios del TSJ, dejen de prestar sus servicios a la
institución o tengan que ausentarse de su trabajo por más de quince (15) días
por permiso, vacaciones y/o transferencia, deberán solicitar su solvencia ante
la BC y presentarla a la Gerencia de Recursos Humanos; cuando
se trate de retiro y/o jubilación, presentaran su solvencia a la Gerencia de
Finanzas para anexarla a su liquidación.
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Del servicio de fotocopias e impresión de documentos:
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Este servicio se ofrece solamente para la fotocopias e
impresión de documentos existentes en la colección de la biblioteca
y se rige por las
siguientes normas:
Cada usuario tendrá derecho a solicitar, diariamente,
hasta un máximo de tres (3) fotocopias de documentos;
siete (7) documentos impresos en disquete y hasta un máximo de 250 folios impresos en papel.
De acuerdo al número de páginas del documento requerido, las copias en CD, las fotocopias
e impresiones serán entregadas al usuario de acuerdo a los siguientes
criterios:
- Si la sumatoria del total de documentos requeridos tiene entre 20 a
25 folios las fotocopias serán entregadas en 24 horas.
- Si la sumatoria del total de documentos requeridos tiene entre 26 a 120 folios,
la entrega será en 48 horas, es decir dos días.
- Si la sumatoria del total de documentos requeridos tiene más de 121 folios,
la entrega será en 72 horas, es decir tres (3) días.
- La impresión de documentos en CD serán entregadas el mismo día
- La impresión de documentos en papel serán entregadas el mismo día
si suman 250 folios; si suman 251 y/o más, serán entregadas al día siguiente.
Cada CD, fotocopias e impresiones tienen un costo de acuerdo a la tarifa establecida por la BC
Todo usuario deberá llenar y presentar en la Tesorería,
ubicada en el 1er. Piso, el formato de "SOLICITUD DE FOTOCOPIAS"
y cancelar el costo de las mismas
No se entregaran copias, fotocopias o CD sin la presentación del comprobante de pago.
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Disposición final
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Lo no previsto en estas normas, será resuelto por la junta directiva del TSJ.
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Procedimientos:
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Préstamo en sala de lectura:
El usuario se dirige al módulo de atención a usuarios, se identifica y solicita
al analista de información, los recursos informativos que necesita.
El analista de información le orienta como localizar la documentación e
información y, le entrega el formato “préstamo en sala”
Si se trata de material bibliográfico:
El usuario consulta el catálogo en línea, anota en el formato sus datos personales,
la (s) las referencias bibliográficas y cota; se dirige a las estanterías;
ubica el material según la cota y lo retira para su consulta en la sala de lectura
Consultado el material bibliográfico, el usuario lo devuelve al analista de información
con él o los formatos “préstamo en sala”.
El personal de la biblioteca es el encargado de colocar en las estanterías
el material consultado.
Si se trata de sentencias:

El usuario, consulta la base de datos disponible en la página web del
TSJ ; selecciona la documentación requerida, la revisa y de
necesitar fotocopias en papel o impresión en CD, se dirige al analista de información quien le informa sobre el procedimiento a seguir, de acuerdo a
las normas establecidas.
Préstamo circulante :
El usuario se dirige al módulo de atención al público se identifica y solicita
al analista de información, el prestamo del material requerido. La analista de información,
le da la orientación necesaria para localizar y utilizar el material bibliográfico.
Si el usuario no tiene los datos del material que necesita, consulta el catálogo en línea;
anota las referencias bibliográficas y la (s) cota (s); se dirige a las estanterías;
ubica el material según la (s) cota (s); retira el material requerido;
se dirige al analista de información para solicitar su préstamo.
La analista de información solicita al usuario el carné y la publicación y con el
Lector de Código de Barras localiza en el sistema los datos del usuario y la publicación
requerida; si el usuario está registrado: verifica su status, si está solvente,
hace el préstamo de acuerdo a las normas establecidas; si está moroso solicita al usuario
devolución del material pendiente y no le hace el préstamo solicitado; si no está registrado, solicita al usuario sus datos,
lo ingresa al sistema, le informa sobre las normas del servicio y, le hace el préstamo
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NOTA: Normas Aprobadas por la junta directiva en reunión del día 15-03-2004
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