|
|
|
|
Numero :
094
|
N° Expediente : 01-000094 |
Procedimiento: Acción de Amparo |
Partes: Vinicio Romero Martínez vs. Sociedad Bolivariana de Venezuela |
Decisión:
La Sala declaró 1.- CON LUGAR la acción de amparo interpuesta, en consecuencia, se desaplica, para el caso concreto, el contenido de los artículos 28, 57 y el Parágrafo Único del artículo 62 del Estatuto General de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, razón por la cual se SUSPENDIÓ el proceso eleccionario fijado para el día 23 de julio de 2001, para escoger a los miembros de la Junta Directiva Nacional de la Sociedad Bolivariana de Venezuela. 2.- Se ORDENÓ al órgano legislativo de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, modificar, en un lapso de noventa (90) días continuos, la normativa estatutaria establecida actualmente para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva Nacional, tomando en cuenta para ello los principios y derechos señalados en el texto de la decisión; se ORDENÓ la CONFORMACIÓN de la Comisión Electoral, previa a la realización de las elecciones, de manera que dicho órgano proceda a elaborar un cronograma electoral, en el cual se establezcan, con suficiente antelación, los lapsos para efectuar la inscripción de planchas y postulaciones, las votaciones y demás actuaciones de naturaleza electoral relacionados con ese proceso, respetando y garantizando los principios y derechos expresados en la decisión. Se ESTABLECE como fecha límite para realizar el proceso eleccionario para escoger a los miembros de la Junta Directiva Nacional, el día 13 de diciembre de 2001, previa la modificación de los Estatutos Generales de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, la conformación de la Comisión Electoral y la organización de dichos comicios.
|
Sala: Sala Electoral |
Ponente: Alberto Martini Urdaneta |
Numero :
46
|
N° Expediente : 01-000162 |
Esta sentencia posee 1 Extracto(s):
ver
|
Procedimiento: Acción de Amparo |
Partes: Erick Zulueta y Hugo Cuicas vs. Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. |
Decisión:
Se declara con lugar la presente acción de amparo.
|
Sala: Sala Electoral |
Ponente: Alberto Martini Urdaneta |
Numero :
100
|
N° Expediente : 02-000055 |
Procedimiento: Acción de Amparo |
Partes: Juan Venancio Hernández Pérez vs. Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela |
Decisión:
No hay materia sobre la cual decidir.
|
Sala: Sala Electoral |
Ponente: Luis Martínez Hernández |
Numero :
101
|
N° Expediente : 02-000057 |
Procedimiento: Acción de Amparo |
Partes: Edgar Antonio Vejar vs. Comisión Electoral de la Universidad Central de Venezuela. |
Decisión:
No hay materia sobre la cual decidir.
|
Sala: Sala Electoral |
Ponente: Luis Martínez Hernández |
Numero :
102
|
N° Expediente : 02-000058 |
Procedimiento: Acción de Amparo |
Partes: Nerio Alvarado Pereira y Ángel García Valera vs. Comisión Electoral de la Universidad Experimental Politécnica Antonio José de Sucre. |
Decisión:
Se homologa el desistimiento.
|
Sala: Sala Electoral |
Ponente: Alberto Martini Urdaneta |
Numero :
132
|
N° Expediente : 02-000072 |
Esta sentencia posee 3 Extracto(s):
ver
|
Procedimiento: Acción de Amparo |
Partes: Walter La Madriz Gutiérrez vs. Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Prvevisión Social de los Empleados, Obreros y Jubilados del Poder Electoral (CAPSEOJ). |
Decisión:
Se declara sin lugar el amparo constitucional.
|
Sala: Sala Electoral |
Ponente: Rafael Hernández Uzcátegui |
|
|