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Sala de Casación Social
  • Fecha: 24 de abril de 2017





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº 66

 

Lunes, 24 de abril de 2017

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

ESCRITOS y DILIGENCIAS

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                17-273

 

La abogada DAILYNG AYESTARAN, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CARMEN AUDELINA SANABRIA YENDE y OTROS contra INVERSIONES VELICOMEN, C.A. (HOTEL PASEO LAS MERCEDES). Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                16-739

 

El abogado OVIDIO PÉREZ PRADA, presentó diligencia consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue LUIS MIGUEL DÍAZ contra CONSTRUCOES E COMERCIO, CARMARGO CORREA, S.A. (SUCURSAL VENEZUELA). Ponente: Dr. JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO.

 

 

Exp. N°  Avocamiento                      04-764

 

El abogado EMILIO ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR, presentó diligencia otorgando poder apud-acta, para ser agregado al juicio que sigue EMILIO ENRIQUE GARCÍA BOLÍVAR contra DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE MACLEOD DIXON, S.C. HOY DESPACHO DE ABOGADOS MIEMBROS DE NORTON ROSE FULBRIGHT, S.C. Ponente: Dra. MARJORIE CALDERÓN GUERRERO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                13-968

 

Los abogados LUIS GUILLERMO JASPE IZAGUIRRE y LEONARDO WHARWOOD, presentaron diligencia consignando copia del poder, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA INMACULADA CARABAÑO MELE contra BOLÍVAR BANCO C.A. ACTUALMENTE BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                12-1355

 

Los abogados JOSÉ P. SALCEDO VIVAS y JUAN LEONARDO MONTILLA GONZÁLEZ, presentaron diligencia consignando sustitución de poder, para ser agregado al juicio que sigue LUIS MIGUEL RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ contra TRANSPORTE ACUÁTICO, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                13-1563

 

La abogada MARÍA ISABEL RINCÓN CHÁVEZ, presentó diligencia consignando copia del poder, acta de juramentación y sentencia, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ GREGORIO PERNALETE CAHUSTRE contra LA TELE TELEVISIÓN, C.A. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  17-286

 

La abogada CLAUDIA ALIMENTI, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue RODOLFO DAVID SALAS AGUILAR contra LABORATORIOS LA SANTÉ, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                17-220

 

El abogado REINALDO JOSÉ GONZÁLEZ FISSER, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JEAN CARLOS GALLA LINARES contra CAROLINA DÍAZ CHIRINOS. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                14-1263

 

El abogado FREDERICK CABRERA, presentó diligencia solicitando se fije la audiencia, para ser agregado al juicio que sigue ADA JOSEFINA AZÓCAR DE MÁRQUEZ ACTUANDO EN NOMBRE PROPIO Y EN REPRESENTACIÓN DE SUS HIJAS contra CHACAO SUITES, C.A. TERCERO INTERESADO: RAFAEL ÁNGEL ABAD. Ponente: Dra. MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                13-754

 

El abogado RODRIGO ELOY LARES BASSA, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue RAMÓN ALBERTO VALERY LAURÍA contra PUBLICIDAD ALTERNATIVA 2025, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

Exp. N°  Recurso de Casación                                13-754

 

El abogado RODRIGO ELOY LARES BASSA, presentó diligencia sustituyendo poder, para ser agregado al juicio que sigue RAMÓN ALBERTO VALERY LAURÍA contra PUBLICIDAD ALTERNATIVA 2025, C.A. y OTRA. Ponente: Dr. EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Exp. N°  15-307

 

Por cuanto en la sentencia N° 289, publicada en fecha veinte (20) de abril de 2017, en el expediente N° 2015-307, conocido por esta Sala de Casación Social, en virtud del recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte actora ciudadana OMAIRA DE JESÚS UNCEÍN contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz, en fecha 6 de febrero de 2015, se incurrió en error material en su página número 14, se corrige en los términos siguientes: donde dice “…Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en Caracas a los veinte (20) días del mes de abril del año 2017. Años 206° de la Independencia y 158° de la Federación” debe decir y leerse “…Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en Caracas a los veinte (20) días del mes de abril del año 2017. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación”.

 

Queda de esta manera subsanado el error material en referencia.

 

 

Exp. N°  15-653

 

De conformidad con la decisión de la Sala Constitucional número 1.857, publicada el 18 de diciembre del año 2014 y con la finalidad de salvaguardar a las partes sus derechos constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, se acuerda notificarles de acuerdo a lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489-F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese las boletas correspondientes.-

 

 

Exp. N°  15-653

 

A la ciudadana KARELYS NOHELY ARAQUE SALAS, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida Ezio Valeri, Residencias El Rodeo Torre “M”, piso 1 apartamento 1-2, Parroquia Mariano Picón Salas, Municipio Mérida, Estado Mérida, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes como lo son KARELYS NOHELY ARAQUE SALAS contra  YESENIA RIVERA DAVILA, LUIS FELIPE RIVERA DAVILA, ROGELIO JOSE RIVERA DAVILA y FERNANDO RAFAEL RIVERA DAVILA o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-653

 

A la DEFENSORA PUBLICA PRIMERA  PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS y ADOLESCENTES DEL ESTADO MÉRIDA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Avenida. 4, Edif. Hermes, Palacio de Justicia, Piso 1, Defensa Publica (3) en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Mérida, Estado Mérida, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes como lo son KARELYS NOHELY ARAQUE SALAS contra  YESENIA RIVERA DAVILA, LUIS FELIPE RIVERA DAVILA, ROGELIO JOSE RIVERA DAVILA y FERNANDO RAFAEL RIVERA DAVILA o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-653

 

A la ciudadana YESENIA RIVERA DAVILA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización La Pedregosa, calle 5 N° 26, municipio Mérida del Estado Mérida, Teléfono: 0414.728.7000, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes como lo son KARELYS NOHELY ARAQUE SALAS contra  YESENIA RIVERA DAVILA, LUIS FELIPE RIVERA DAVILA, ROGELIO JOSE RIVERA DAVILA y FERNANDO RAFAEL RIVERA DAVILA o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-653

 

Al ciudadano LUIS FELIPE RIVERA DAVILA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización La Pedregosa, calle 5 N° 26, municipio Mérida del Estado Mérida, Teléfono: 0414.728.7000, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes como lo son KARELYS NOHELY ARAQUE SALAS contra  YESENIA RIVERA DAVILA, LUIS FELIPE RIVERA DAVILA, ROGELIO JOSE RIVERA DAVILA y FERNANDO RAFAEL RIVERA DAVILA o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-653

 

Al ciudadano ROGELIO JOSE RIVERA DÁVILA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización La Pedregosa, calle 5 N° 26, municipio Mérida del Estado Mérida, Teléfono: 0414.728.7000, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes como lo son KARELYS NOHELY ARAQUE SALAS contra  YESENIA RIVERA DAVILA, LUIS FELIPE RIVERA DAVILA, ROGELIO JOSE RIVERA DAVILA y FERNANDO RAFAEL RIVERA DAVILA o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-653

 

Al ciudadano FERNANDO RAFAEL RIVERA DAVILA, o en cualquiera de sus apoderados judiciales, con domicilio procesal: Urbanización La Pedregosa, calle 5 N° 26, municipio Mérida del Estado Mérida, Teléfono: 0414.728.7000, que esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, ordenó su notificación de conformidad con lo establecido en los artículos 452 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, una vez transcurrido un termino de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes como lo son KARELYS NOHELY ARAQUE SALAS contra  YESENIA RIVERA DAVILA, LUIS FELIPE RIVERA DAVILA, ROGELIO JOSE RIVERA DAVILA y FERNANDO RAFAEL RIVERA DAVILA o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489 F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El funcionario encargado de practicar la notificación deberá dejar constancia de la persona a quien notificó, identificándola, quien firmará al pie de la presente boleta con indicación de la fecha, como constancia de haber sido debidamente notificado.

 

 

Exp. N°  15-653

 

El Juzgado de Sustanciación de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

 

HACE SABER:

 

                Al Juez Superior del Circuito de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.

 

                Que esta Sala por auto de esta misma fecha, acordó comisionarlo suficientemente en atención al contenido y alcance del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, a fin de que notifique a la ciudadana KARELYS NOHELY ARAQUE SALAS, Asimismo a YESENIA RIVERA DAVILA, LUIS FELIPE RIVERA DAVILA, ROGELIO JOSE RIVERA DAVILA, FERNANDO RAFAEL RIVERA DAVILA, y a la DEFENSORA PUBLICA PRIMERA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS y ADOLESCENTES DEL ESTADO MÉRIDA, que una vez transcurrido un término de diez (10) días hábiles contados una vez conste en autos la última notificación que de las partes o sus apoderados se haga, se fijará por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia pública y contradictoria a que se refiere el artículo 489-F de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

                Dicha notificación deberá realizarse en la siguiente dirección:

- Avenida Ezio Valeri, Residencias El Rodeo Torre “M”, piso 1 apartamento 1-2, Parroquia Mariano Picón Salas, Municipio Mérida, Estado Mérida.

- Urbanización La Pedregosa, calle 5 N° 26, municipio Mérida del Estado Mérida, Teléfono: 0414.728.7000.

- Avenida. 4, Edif. Hermes, Palacio de Justicia, Piso 1, Defensa Publica (3) en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Mérida, Estado Mérida.

 

                Cumplida como haya sido la presente comisión, se le estima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible.

 

 

Exp. N°  15-077

 

En horas de despacho del día de hoy veinticuatro (24) de abril de 2017, comparece ante la Secretaría de esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, el ciudadano RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO, en mi condición de Alguacil de la mencionada Sala, para exponer: Por cuanto me trasladé el día dieciocho (18) de abril de 2017, a la cuarta avenida, entre tercera y cuarta transversal, Altamira, Municipio Chacao, Estado Miranda, Caracas, según Boleta de Notificación dirigida a la sociedad mercantil REPRESENTACIONES CAPCANA 2006, C.A. informo que en la dirección señalada, le hice entrega de la Boleta de Notificación, a la ciudadana YOIRIS MAILU DELGADO GRIMAN, titular de la cédula de identidad N° V-12.358.059 en su condición de Asistente Administrativo. La cual revisó en todo su contenido manifestando que lo recibía conforme, procediendo a firmarla y sellarla. Es por lo que consigno la misma, con la firma y sello de recibido, constante de un (01) folio útil.

El Alguacil,

 

 

RAFAEL  A. RENGIFO VERENZUELA.

 

En el día de hoy, veinticuatro (24) de abril de 2017, en horas de despacho, el Secretario de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia de la consignación realizada por el Alguacil, se dio cuenta, constante de un (1) folio útil. Agréguese al expediente.- 

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 24 DE ABRIL DE 2017

Recurso de casación Exp. N° 13-857

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de los Magistrados Suplentes Dres. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, ubicado en la planta baja, , siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 14 de mayo de 2013, emanada del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con motivo del juicio que por INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRABAJO sigue la ciudadana  GLORIA MARGARITA CAMACHO contra la empresa TRANSPORTE TAGUAPIRE, C.A. El secretario de la Sala deja constancia de la incomparecencia a este acto de ambas partes, así como sus apoderados judiciales. El suscrito Secretario de la Sala deja constancia que se procedió a establecer contacto telefónico a las nueve y veinticinco minutos de la mañana (9:25, a.m.) con el abogado Misael Cardozo Pérez, teléfono N° 0414.635.16.10, en su condición de apoderado judicial de la parte actora recurrente ciudadana Gloria Margarita Camacho, informándole el mismo, que se encontraba asistiendo a una audiencia en la ciudad de Cabimas, estado Zulia, motivo por el cual no podría asistir al presente acto. Seguidamente, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 24 DE ABRIL DE 2017

Recurso de casación Exp. N° 13-968

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, con la asistencia de los Magistrados Suplentes Dres. SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de 26 de septiembre de 2011, emanada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana MARÍA INMACULADA CARABAÑO MELE contra la sociedad mercantil BOLÍVAR BANCO C.A. ACTUALMENTE BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, C.A. Se deja constancia de la asistencia a este acto de la ciudadana María Inmaculada Carabaño Mele, titular de la cedula de identidad N° 4.084.984, parte demandante recurrente, asistida judicialmente por el abogado Francisco Virgilio Jiménez Gil, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 98.526. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto de los abogados Luis Guillermo Jaspe Izaguirre y Leonardo Wharwood Odviedo, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 111.839 y 238.675 respectivamente, en representación de la parte demandada. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra representación judicial de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) Se condena en costas 4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 24 DE ABRIL DE 2017

Recurso de casación Exp. N° 13-754

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, con la asistencia de los Magistrados Accidentales Dres.  SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana (10:50 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 23 de abril de 2013, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano RAMÓN ALBERTO VALERY LAURÍA contra las sociedades mercantiles BELOW THE LINE PUBLICIDAD, C.A. y PUBLICIDAD ALTERNATIVA 2025 C.A.  Se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada Dailyng Coromoto Ayestaran Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 129.814, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto de los abogados José Bernardo Guevara y Rodrigo Eloy Lares Bassa, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 15.851 y 80.794, respectivamente, en representación de la parte demandada. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra representación judicial de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno al abogado José Bernardo Guevara,  en representación de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. Seguidamente, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) Se condena en costas 4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 24 DE ABRIL DE 2017

Recurso de casación Exp. N° 13-974

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, con la asistencia de los Magistrados Accidentales Dres.  SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 8 de febrero de 2013, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana DALIA ELENA BONDI HERNÁNDEZ Contra la sociedad mercantil COMPANIA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV).

Se deja constancia de la asistencia a este acto de las abogadas Janina Delgado y Janet Gisela Ortega Delgado, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 39.726 y 71.495, respectivamente, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Pedro Ramos Rangel, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 31.602, en representación de la parte demandada. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la abogada Janina Delgado, representación judicial de la parte demandante, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación judicial de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) Se condena en costas 4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 24 DE ABRIL DE 2017

Recurso de casación Exp. N° 13-1563

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, con la asistencia de los Magistrados Accidentales Dres.  SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.), a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 8 de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, DAÑO MORAL Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano JOSÉ GREGORIO PERNALETE CAHUSTRE  contra la sociedad mercantil LA TELE TELEVISIÓN, C.A.

Se deja constancia de la asistencia a este acto de la abogada María Isabel Rincón Chávez, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 105.826, en representación de la parte demandada. Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora recurrente y de su apoderado judicial. Seguidamente, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 24 DE ABRIL DE 2017

Recurso de casación  Exp. N° 13-1716

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de los Magistrados Suplentes Dres. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, ubicado en la planta baja, siendo la una de la tarde (01:00 p.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado por ambas partes, contra la sentencia de fecha 25 de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con motivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano RUBÉN CAMILO PAZOS EBUSQUIZA contra la sociedad mercantil ASADOS CARABOBO, C.A. Se deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Rubén Camilo Pazos Ebusquiza, titular de la cédula de identidad número 22.420.966, parte demandante recurrente,  así como su abogado Eduar Enrique Moreno Blanco, Defensor Público ante las salas del TSJ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 65.087, Asimismo, se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Frederick Cabrera Conde, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 70.526, en representación de la parte demandada recurrente.  Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandante recurrente, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, correspondió el turno a la representación judicial de la parte demandada recurrente, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el actor. Concluido el debate. El Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime declara:  1) Diferir el pronunciamiento de la sentencia para el día lunes 29 de mayo de 2017, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), sin necesidad de notificación a las partes, puesto que las mismas se encuentran a derecho. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA  PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 24 DE ABRIL DE 2017

Recurso de casación Exp. N° 12-1569

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Cuarta Magistrado EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ, con la asistencia de los Magistrados Accidentales Dres.  SONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

Constituida la Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social en el auditorio principal, ubicado en la planta baja del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y treinta minutos de la tarde (01:30 p.m.), a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del Recurso de Casación anunciado y formalizado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 9 de octubre de 2012, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con motivo del juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano FERNANDO SANTANDER ROJAS contra la sociedad mercantil  ATS TÉCNICA SUR, C.A. El secretario de la Sala deja constancia de la incomparecencia a este acto de ambas partes, así como sus apoderados judiciales. Seguidamente, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Cuarta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 24 DE ABRIL DE 2017

Recurso de casación  Exp. N° 14-853

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de los Magistrados Suplentes Dres. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, ubicado en la planta baja, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 7 de mayo de 2014, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con motivo del juicio que por INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD PROFESIONAL Y DAÑO MORAL, sigue el ciudadano PEDRO BALBINO  FLORES  contra la sociedad mercantil INDUSTRIAS OREGÓN, S.A. Se deja constancia de la incomparecencia a este acto de ambas partes, así como su representación judicial. Seguidamente, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DÍA DE HOY, LUNES 24 DE ABRIL DE 2017

Recurso de casación Exp. N° 12-1355

 

Se abrió el acto por el Presidente de la Sala Especial Quinta Magistrado Dr. DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO, con la asistencia de los Magistrados Suplentes Dres. BETTYS DEL VALLE LUNA AGUILERA y JUAN PABLO TORRES DELGADO; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. MARCOS ENRIQUE PAREDES y el Alguacil Sr. RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO.

 

Constituida la Sala Especial Quinta de la Sala de Casación Social en el auditorio del edificio sede del Tribunal Supremo de Justicia, ubicado en la planta baja, siendo las dos y treinta minutos de la tarde, (02:30 p.m.), hora fijada a los fines de que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante y por la codemandada recurrente Transporte Acuático, C.A., contra la sentencia de fecha 25 de abril de 2012, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con motivo del juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano LUIS MIGUEL RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, contra las sociedades mercantiles TRANSPORTE ACUÁTICO, C.A.  y  PDVSA PETRÓLEO, S.A. Se deja constancia de la asistencia a este acto del abogado Juan Leonardo Montilla González, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.653, en representación de la parte demandante recurrente. Asimismo, se deja constancia de la inasistencia a este acto de la parte codemandada recurrente así como su representación judicial. Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte actora recurrente, para que exponga las razones, que a su juicio, justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su intervención, el Presidente de la Sala pregunta a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No hubo. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retira a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala Especial Quinta de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Danilo Antonio Mojica Monsalvo, aprobada de manera unánime declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora, 2) CONFIRMA la sentencia recurrida, 3) No hay condenatoria en costas 4) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente. 

 

 

DECISIONES DEL DÍA

 

Numero

Expediente

Procedimiento

Partes

Ponente

Decisión

0295

13-1163

Recurso de Casación

Ana Lucía Dongílio Hidalgo contra Stanford Group Venezuela Asesores de Inversión, C.A. y otra tercero Interesado: BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, C.A.

Edgar Gavidia Rodríguez

PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la codemandada STANFORD GROUP VENEZUELA ASESORES DE INVERSIÓN, C.A. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 10 de abril de 2013. TERCERO: ANULA el fallo recurrido. CUARTO: SIN LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD invocada por la codemandada Banco Nacional de Crédito, C.A. Banco Universal. QUINTO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD alegada por el Bicentenario Banco Universal, C.A. -hoy Banco Bicentenario del Pueblo, de la Clase Obrera, Mujer y Comunas, Banco Universal, C.A. SEXTO: CON LUGAR LA DEMANDA por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales interpuesta por la ciudadana Ana Lucia Dongílio, contra las sociedades mercantiles Stanford Group Venezuela Asesores de Inversión, C.A., y Banco Nacional de Crédito, C.A., Banco Universal. Se condena las costas del recurso a la sociedad mercantil codemandada Stanford Group Venezuela Asesores de Inversión, C.A., por haber quedado desistido, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se condena en costas del proceso a la sociedad mercantil codemandada Banco Nacional de Crédito, C.A., Banco Universal, por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

0296

17-078

Recurso de control de la legalidad

Nino José abreu y otros contra Andamios Dalmine, S.A.

Mónica Misticchio Tortorella

INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada sociedad mercantil ANDAMIOS DALMINE S.A., contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 30 de noviembre de 2016.

0297

17-003

Recurso de control de la legalidad

Daicy del Coromoto Peña Taborda contra Alcadía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia

Mónica Misticchio Tortorella

INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, contra la sentencia de fecha 20 de julio de 2016, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

0298

16-988

Recurso contencioso administrativo

Fletes 2410, C.A. contra Providencia Administrativa N° 0040-16 de fecha cinco (5) de febrero de 2015, dictada por la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Carabobo, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) Tercero Interesado: Wolfgang José Mendoza Herrera

Mónica Misticchio Tortorella

CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil FLETES 2410, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el 22 de septiembre de 2016. En consecuencia, REVOCA la decisión apelada, correspondiendo al tribunal de origen pronunciarse respecto a las restantes causales de admisibilidad.

0299

16-305

Recurso de Casación

José Gregorio Blanco Romero contra Salón de Belleza Caritas, C.A. y otro.

Edgar Gavidia Rodríguez

PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por las codemandadas SALÓN DE BELLEZA CARITAS, C.A. y SALÓN DE BELLEZA MARGARITA, C.A., contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, el 23 de febrero de 2016. SEGUNDO: ANULA la decisión impugnada. TERCERO: SIN LUGAR la tacha de testigo propuesta por el actor. CUARTO: CON LUGAR la falta de cualidad alegada por las codemandadas. QUINTO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ GREGORIO BLANCO ROMERO en contra de las entidades de trabajo SALÓN DE BELLEZA CARITAS, C.A. y SALÓN DE BELLEZA MARGARITA, C.A. Se condena en las costas del proceso a la parte demandante de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

0300

16-818

Recurso de Casación

Gilberto Francisco Morales Hinestroza contra Repiauto, C.A. y otras

Mónica Misticchio Tortorella

PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación ejercido por la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, el 9 de agosto de 2016; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra el fallo supra referido; y TERCERO: SE CONFIRMA la decisión recurrida. Se condena en costas del recurso a las partes recurrentes, de conformidad con lo establecido en los artículos 59 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

0301

15-578

Recurso de Casación

José Eduardo Guzmán Golindano contra Inversiones Gran Brasa, C.A. y otros

Mónica Misticchio Tortorella

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 14 de abril de 2015; y SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida. Se condena en costas del recurso a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 61 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

0302

15-068

Recurso de Casación

Adalberto Báez Camps contra Ekipa, C.A.

Marjorie Calderón Guerrero

HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de casación ejercido por la sociedad mercantil EKIPA, C.A., contra la sentencia dictada en fecha 1° de diciembre de 2014, emanada del Juzgado Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, con sede en La Asunción, y 2) FIRME el fallo recurrido.

0303

12-810

Recurso de Casación

Manuel Carlos Claret Abreu Medina contra Ingeniería Divillca, C.A. Tercero Interesado: Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV)

Mónica Misticchio Tortorella

PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV), contra la sentencia publicada en fecha 5 de marzo de de 2012, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial de Puerto Ordaz; y SEGUNDO: REVOCA el auto dictado por el referido juzgado de alzada, en fecha 10 de mayo de 2012, mediante el cual se admitió el referido recurso.

0304

14-1245

Recurso de Casación

Jorge Juvencio González Montilla contra la sociedad Mercantil Constructora Venezolana de Edificaciones VENEDICA, C.A.

Danilo Antonio Mojica Monsalvo

PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de julio del año 2014, y SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia mencionada. En virtud de la declaratoria sin lugar del recurso de casación anunciado por la parte demandada, procede la condena en costas del recurso, según lo establecido en el artículo 61 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo

0305

12-1247

Recurso de Casación

Wendy Rayzu Novoa Matute contra Súper Auto Puerto Ordaz, C.A. y otras

Mónica Misticchio Tortorella

1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en fecha 26 de julio de 2012 y 2) FIRME el fallo recurrido.

0306

12-1434

Recurso de Casación

Mariela Antonia Navarro Arce contra Distribuciones Importaciones Cosbell, C.A. y otra

Mónica Misticchio Tortorella

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 24 de septiembre de 2012; y SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.

0307

13-1512

Recurso de Casación

José Gregorio Gutiérrez Castillo contra Cervecería Polar del Centro, C.A.

Marjorie Calderón Guerrero

1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia, en fecha 27 de septiembre de 2013 y 2) FIRME el fallo recurrido.

0308

13-1230

Recurso de Casación

Héctor Eliacine Contreras Guevara contra La Fundación Para El Desarrollo y Promoción del Poder Comunal (FUNDACOMUNAL)

Marjorie Calderón Guerrero

1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Séptimo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 2 de febrero de 2011 y 2) FIRME el fallo recurrido.

0309

12-1656

Recurso de Casación

Zonia Elizabeth Ramírez Castro y otros contra Laboratorios Vargas, S.A. y otra

Mónica Misticchio Tortorella

1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de octubre de 2012 y 2) FIRME el fallo recurrido.

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

 

La Presidenta de la Sala,

 

_________________________________

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

                                                                                       El Secretario,

 

 

                                                              ____________________________

                                                                MARCOS ENRIQUE PAREDES

 

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